Registro 01
← génesis
Honorarios trimestrales
890 €
VF--2F05F04C-0FF3
VeriFactu (RRSIF, RD 1007/2023) exige que el software de facturación registre cada factura de forma inalterable. No es para todo el mundo: hay exclusiones (SII, territorios forales, solo manual) y dos fechas límite.
Si estás obligado, tu equipo sigue facturando en el programa habitual. En segundo plano, cada factura queda firmada, encadenada y, en modalidad VERI*FACTU, remitida a la Agencia con justificante. Ante una inspección, la evidencia está ordenada y disponible.
Cadena de registros · demostración
La cadena solo crece: no se edita un registro ya sellado. Si algo se altera, se anula y se emite una rectificativa. Simulación local; no se transmite nada a la Agencia.
Registro 01
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Honorarios trimestrales
890 €
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Seis capacidades que asume MBTGE desde el primer día.
Transmitimos tus facturas a la Agencia Tributaria y supervisamos el canal de forma continua. Ante cualquier incidencia, reintentamos el envío y te notificamos de inmediato.
Cada factura queda firmada y enlazada con la anterior, conforme exige la normativa. Cualquier alteración o borrado queda registrado y es detectable.
Compatible con tu software habitual (Holded, Odoo, SAP, A3, Dynamics…). Puesta en marcha en un plazo de 2 a 5 días desde la recepción del certificado.
Custodiamos el justificante de cada transmisión a la Agencia Tributaria. Ante una inspección, puedes exportar el historial completo.
Si la Agencia rechaza una factura o el certificado se aproxima a su caducidad, recibes la notificación al instante, no cuando ya existe sanción.
Cuando la AEAT modifica un requisito técnico o normativo, lo incorporamos nosotros. No necesitas consultar el BOE: para ello están la Gaceta y Centinela.
Todo lo que necesitas saber antes de empezar.
VeriFactu forma parte del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (RRSIF, Real Decreto 1007/2023): exige que el software que emite facturas registre de forma inalterable. No afecta a «todo el mundo». Según la AEAT (regla de los 4 NO), aplica a quien expede facturas con un SIF, no está en el SII, no tiene domicilio fiscal en País Vasco o Navarra y no tiene resolución de no aplicación. Quedan fuera la facturación solo manual, las operaciones que el ROF no obliga a facturar y quienes ya cumplen por SII. Plazos (RD-ley 15/2025): Impuesto sobre Sociedades, 1 de enero de 2027; resto de obligados del art. 3.1, 1 de julio de 2027.
No. Son dos obligaciones complementarias e independientes. VeriFactu (Real Decreto 1007/2023) exige el registro inalterable de cualquier factura, incluidas las emitidas a particulares. La factura electrónica B2B (Ley 18/2022, Ley Crea y Crece) regula el formato estructurado únicamente en operaciones entre empresarios o profesionales. Quien factura a empresas puede precisar el cumplimiento de ambas.
MBTGE se conecta mediante API REST, webhook o integración directa con ERPs como Odoo, Holded, SAP Business One, A3 o Dynamics 365. Transformamos la factura interna en el registro VeriFactu firmado, lo transmitimos a la AEAT y custodiamos el justificante correspondiente.
Reintentamos de forma automática, registramos el error y te notificamos por correo electrónico o webhook. Desde el panel puedes consultar el historial de cada factura —envío y respuesta de la AEAT— y corregir sin perder la trazabilidad.
Sí. El certificado se almacena cifrado, con permisos restringidos, y únicamente lo emplea el proceso de firma. No sale del sistema ni se comparte con terceros. Son compatibles los certificados de la FNMT y de cualquier autoridad de certificación admitida.
Entre 2 y 5 días desde la recepción del certificado y de la configuración de tu sistema. El entorno de pruebas queda disponible en horas, de modo que puedas validar antes del paso a producción.